LA SILENCIOSA ENTREGA DE CAMPO DE HIELO SUR

Fernando Saieh Alonso, Instituto Histórico Arturo Prat


Antecedentes Históricos de los Límites entre Chile y Argentina

         El Principio de Soberanía y el Uti Possidetis Juris

La base de la soberanía sobre la cual las nacientes repúblicas sudamericanas establecieron sus límites –luego de que se produjera la emancipación hacia 1810– fue el Uti Possidetis Juris, que implicaba que ambas naciones poseerían los mismos territorios que mantenían desde la época de la Colonia, es decir, a Chile le correspondería los territorios que definían la Capitanía de Chile, mientras que Argentina quedaría definido por los territorios que involucraba el Virreinato de la Plata.

         La Capitanía General de Chile ó Reino de Chile

Ubicado en el borde suroccidental de América del Sur junto al Océano Pacífico, abarcando igualmente el territorio completo de la Patagonia oriental hasta el Océano Atlántico. Su límite septentrional fue el desierto de Atacama y el meridional fue el Polo Sur, tal como quedaría establecido en una gran cantidad de mapas de la época, siendo uno de los más famosos el Mapa Geográfico de América Meridional de don Juan de la Cruz Cano y Olmedilla, 1775.

         Argentina Viola el Tratado 1856

Hacia el año 1859 Argentina desconoce el Tratado de 1856 e intenta la colonización del Estrecho, iniciando una agresiva reclamación del mismo. Para esto, se valieron de los servicios de un comerciante llamado Piedrabuena, quien consigue de parte del gobierno trasandino la autorización para la instalación de un puesto argentino en Isla Pavón, para emular la colonia chilena del Estrecho que naciera a partir de la fundación del Fuerte Bulnes (1843).

         Se Inicia el Sabotaje a la Colonización Chilena en 1865

Apelando a la política de los "hechos consumados", el Presidente argentino Bartolomé Mitre mantuvo permanentemente la convicción de que la presencia y la colonización iban a predominar por sobre los títulos jurídicos ante cualquier instancia de negociación, discusión o arbitraje al momento que ambas naciones iniciaran una disputa de límites. Es así como el 28 de julio de 1865 decretó la creación de una colonia en Chubut, cuarenta leguas al Sur de Río Negro y en pleno territorio patagónico, además de la creación de otra colonia en el Estrecho, en Bahía Gregorio.

         Nuevas Arremetidas durante el Gobierno de Sarmiento

Siguiendo la política ingeniosa de su predecesor, Domingo Faustino Sarmiento, compromete recursos a las colonias creadas por Mitre en la Patagonia y promueve la fundación de otras nuevas a través de proyectos de ley que se discutieron en las Cámaras argentinas entre 1871 y 1873.

         El Fracaso del Pacto de Triple Alianza de 1873

A raíz del creciente problema relativo a la explotación del salitre y del guano que se suscitaba en el norte, Perú y Bolivia firmarían el 6 de febrero de 1873 un Pacto Secreto para actuar en contra de Chile, invitación que sería extendida a Argentina en agosto de 1873. Sin embargo, a pesar de la aprobación de la Cámara de Diputados de aquel país, realizada en sesión secreta, la resolución del Senado no alcanzaría a ser emitida puesto que el año legislativo había culminado.

         Negociar, pero no un Arbitraje

Paralelamente Argentina iniciaría una larga e intricada maniobra para dilatar en el tiempo la posibilidad de zanjar el problema de la Patagonia. La política del presidente Avellaneda sería negociar, evitando cualquier posibilidad de arbitraje tal como lo estipulaba el Tratado de 1856.

         Barros Arana es nombrado Plenipotenciario

Con el objeto de negociar con el gobierno argentino las bases para un arbitraje, es nombrado Plenipotenciario en representación de Chile, Diego Barros Arana, quien instalado en Buenos Aires y luego de años de negociaciones, termina por sepultar la legítima posición chilena sobre la Patagonia, promoviendo ante un débil gobierno chileno las propuestas argentinas, las cuales distaron mucho de ajustarse a derecho.

         El Tratado de Fierro-Sarratea (1878)

Luego de infinitas, y cada vez más aventajadas propuestas, Argentina conseguía que Chile discutiera a esas alturas la soberanía del Estrecho de Magallanes. No obstante tirando por la borda lo poco y nada rescatable de la gestión de Barros Arana, en cuanto a la integración de los conceptos de “pertenencia” o “posesión” que se estipulaban en el Tratado de 1856, un nuevo Tratado conocido como el de Fierro-Sarratea, establecería una nueva forma de resolver las controversias, favoreciendo la creación de un tribunal conjunto que tendría por objeto superar las diferencias limítrofes, incluso recurriendo a una “nación amiga” para resolver el diferendo.

         Expedición del Desierto, 1879

Habiéndose iniciado la Guerra del Pacífico, el gobierno argentino decide materializar una intrépida campaña militar que tiene por objeto aplastar todas las comunidades indígenas del interior, aprovechando que los esfuerzos chilenos esta vez se encontraban orientados en el norte. La expedición a cargo del General Julio Roca provocó una masacre de características dantescas sobre los indígenas, alimentado por un proyecto de ley que pretendía otorgar premios en tierras a quienes participaran de la expedición.

         El Tratado Paz y Amistad de 1881 (Primera Entrega: 1.189.566 kms2)

En medio de la Guerra del Pacífico, Argentina exige un nuevo Tratado en que se cede toda la Patagonia Oriental, estableciendo como principio de división limítrofe el divortium aquarum o división de aguas, es decir, que la frontera se trace sobre los montes más altos de la cordillera de los Andes que dividan todos las hoyas hidrogáficas (ríos, lagos, lagunas, fiordos, etc.) que desaguan en el Pacífico, que son de Chile, de las que desaguan en el Atlántico, que son de Argentina. Asimismo aseguraba la presencia de Argentina en Tierra del Fuego y en el Beagle.

         Acuerdo de Demarcación de 1892 y Protocolo de 1893 (Segunda Entrega: 773 kms2)

Dado que el Tratado de 1881 establecía la delimitación austral en Punta Dungeness (en la posición precisada en 68° 34' de longitud Oeste) y de la costa Sur del Estrecho hasta "tocar el Canal Beagle", en 1892 surgiría una nueva controversia en la cual Argentina reclamaría el hecho de que Chile estuviera “demasiado cerca” del Atlántico, a causa de su posesión en la Tierra del Fuego, supuestamente encima de la Bahía San Sebastián, de aguas atlánticas.

Disfrutando de los habituales “buenos oficios” de Barros Arana, el país trasandino lograría desplazar el límite hacia el Oeste, hasta la posición 68º 36' 38,5'‘, lo  significaría una nueva pérdida de territorio para Chile.

Lamentablemente, en años posteriores se demostraría como errónea e inexacta lo afirmado por Argentina, pues el límite jamás pasó por sobre el accidente geográfico.

         Actas de Límites de 1898

No habiendo transcurrido ni siquiera cinco años desde la firma del Protocolo de 1893, Argentina volvería a poner en duda la frontera, esta vez alegando que no correspondía la aplicación de la “divisoria de aguas”, sino que la “delimitación por más altas cumbres”, lo cual implicaría un nuevo y enorme avance argentino hacia el Océano Pacífico.

De esta manera el Tratado de 1881 que hacía referencia a la "división de las aguas" y que separaba las aguas “pacíficas” o “atlánticas”, ahora tendría que ser reinterpretado y considerar que las aguas incluso tendrían que ser “divididas" (cortarlas) cuando fuese necesario.

La controversia por los valles cordilleranos del lago Lacar, San Martín de los Andes, colonia 16 de Octubre, lago O’Higgins y otros se hizo insostenible, conviniendo en 1896 llamar a un arbitraje internacional a Su Majestad Británica, Eduardo VII.

Para este efecto, los peritos Barros Arana y Moreno no llegarían a acuerdo definitivo en la preparación de las Actas, lo que serviría para la presentación de las posiciones de cada país hacia el año 1898.

Como dato histórico y fundamental para la actual situación que enfrenta Chile, es que el único punto en que ambos peritos coincidieron plenamente en su presentación, fue el descrito en el tramo 331 a 332, correspondiente a Campo de Hielo Sur.

Mapa oficial adjunto del Acta de 1898, firmada por los representantes de Chile y Argentina.

Las líneas pretendidas por cada nación están en rojo; la de Argentina llega en el Oeste hasta el monte San Valentín en su afán de buscar una salida al Pacífico.

Se puede ver perfectamente, sin embargo, que el único punto de acuerdo entre ambas naciones está en Campo de Hielo Sur, decisión que Argentina varió posteriormente con el descubrimiento de una nueva cordillera por la que hizo pasar ahora su nueva frontera, más hacia el Pacífico.

         La Pérdida de la Puna de Atacama y el Arbitraje de 1899 (Tercera Entrega: 60.000 kms2)

Habiendo Chile incorporado este territorio a la Provincia de Antofagasta, a consecuencia de la Guerra del Pacífico, Bolivia, en un “ejemplar” acto de madurez política y cultura soberana, le regalaría la Puna de Atacama a Argentina buscando con ello desatar una nueva guerra de Chile.

Inmediatamente, el país trasandino comenzaría a reclamar sus "derechos históricos" sobre este territorio que era sólo un regalo.

Nuestro país aceptaría ingenuamente el arbitraje de Estados Unidos, representado por W. Buchanan, y entregaría 60.000 kms2 de un total de 80.000 kms2, pensando que terminarían por fin las reclamaciones argentinas.

         Los Valles Andinos Australes y el Laudo de 1902 (Cuarta Entrega: 40.000 kms2)

     

A consecuencia de las Actas de Límites de 1898 presentadas por Chile y Argentina, S.M. Británica finalmente resolvería hacer prevalecer el principio orográfico (división de las “más altas cumbres”) y lo que por años fue el principio planteado por Domingo Faustino Sarmiento de “hechos consumados”, dándole prioridad a las zonas ya habitadas por argentinos que habían emigrado a los Valles Andinos Australes.

Esto implicaría que cuatro grandes lagos chilenos e innumerables ríos de la Patagonia chilena serían cortados por la frontera y compartidos con Argentina, como fueron los casos de el lago Palena (lago General Vintter), el lago General Carrera (lago Buenos Aires), el lago Cochrane (lago Pueyrredón) y el lago O'Higgins (lago San Martín).

         El Alto Palena, 1966 (Quinta Entrega: 420 kms2)

A consecuencia del Laudo de 1902, Argentina trata de promover hacia 1903 su desacuerdo sobre la posición de vastos valles en el trazado del Hito 16 y 17, sin obtener resultados positivos a sus intenciones, por tratarse de una “cosa juzgada”.

Sin embargo, la persistencia por años de una efectiva y permanente invasión en la zona, por parte de Argentina, y la falta de conocimiento y debilidad del Gobierno de Chile, llevaría hacia 1964 a una inesperada situación: Se establecería la necesidad de resolver el problema “conforme a las disposiciones del Tratado General de Arbitraje de 1902” e inmediatamente seguido, se agregaría “dejando a salvo las posiciones asumidas por las dos partes en esta materia”.

Esto significaba que Chile legitimaba en el papel la invasión que Argentina sostenía en ese momento en Palena sobre el Valle Hondo, Valle Horquetas y las Lagunas del Engaño (contra todo lo decidido en el Laudo de 1902); y por si esto fuera poco, la declaración conjunta contemplaba la posibilidad de “arreglos directos de las partes” en otra violación del Laudo.

Paralelamente, la agresividad de autoridades y gendarmes argentinos aumentaría, a pesar de la “bondadosa” actitud de La Moneda, desatándose un hecho brutal: el asesinato del Teniente Hernán Merino Correa, a fines de 1965, a manos de gendarmes argentinos que penetraron Laguna del Desierto.

A pesar del cobarde asesinato y la complaciente actitud de las autoridades chilenas, el Arbitraje convenido ante S.M. Británica tendría un resultado favorable para Argentina, aún considerándose el engaño toponímico, presentando por los argentinos al tribunal arbitral inglés, en el que se alegaba la confusión artificial del río Encuentro y la del Picacho de la Virgen con el Cerro de la Virgen.

         El Canal de Beagle, 1984 (Sexta Entrega: 40 kms2 de Tierra y 32.500 kms2 de Mar Territorial)

Reviviendo una controversia artificial de principios de siglo, al igual que el caso de Alto Palena, Argentina fijaría su atención en esta oportunidad en las islas Picton, Lennox y Nueva, al igual que el Canal Beagle, reinterpretando a su antojo la toponimia y la geografía de la zona.

Chile decidido a hacer valer sus derechos solicita un nuevo Arbitraje a Su Majestad Británica, el cual en 1977 falla mayoritariamente a favor de nuestro país. Argentina desconociendo el resultado declara “insanablemente nulo” el fallo adverso.

En aquellos años la situación se tornaría cada vez más tensa entre ambos países, lo que significó estar al borde de la guerra hacia fines de 1978 (constatado con la temeraria y absurda Guerra de las Islas Falklands).

La tensión sólo pudo ser calmada con la oferta de mediación de la Santa Sede, la cual fue aceptada por Chile en 1980, a pesar de no ser del todo favorable para nuestro país, y que tradicionalmente no sería respondida por Argentina.

Así se llegaría al Tratado de Paz y Amistad de 1984, ratificado en 1985, después del fracaso de este país contra los británicos en el archipiélago de las islas Falkland.

Este Tratado significó para Chile la legitimación de la línea media del canal como frontera, en contra del Tratado de 1881 que sólo le permitía a la Argentina tener soberanía “hasta tocar con el Beagle”, dejando a este país en control de aguas del Pacífico que no le pertenecen de acuerdo al Protocolo de 1893. De esta manera se le arrebataba a Chile el total de 40 kms2 de islas e islotes situados sobre la parte superior de la mitad longitudinal del Canal de Beagle, incluyendo la totalidad de la isla Gable.

A su vez, hizo renunciar a Chile a su soberanía marítima en la boca oriental del Estrecho de Magallanes.           

A través de un artilugio se le dio vida al “curioso” meridiano que se torcía en ángulos rectos por el Este al Cabo de Hornos y las islas Wollaston, y luego descendía por el meridiano 67º 17' Oeste como "límite interoceánico" entre el Atlántico y el Pacífico, que no está en relación con el verdadero límite geográfico de ambos océanos, correspondiente al Mar de Scotia y el Arco de las Antillas del Sur. Así nuestro país se desprendía de 32.500 kms2 de mar territorial.

Finalmente, este Tratado privó a Chile de su acceso natural y definitivo al Territorio Antártico Chileno, que ahora quedaba generosa y "equitativamente" compartido con la Argentina.

         Laguna del Desierto, 1994 (Séptima Entrega: 560 kms2)

Con el objeto de desarrollar la integración con Argentina, principalmente desde el punto de vista económico, y la necesidad de mostrarse abierto y estable ante la comunidad internacional, apenas concluido el Régimen Militar, el Gobierno de Chile en 1991 accede a la propuesta argentina de firmar un acuerdo para resolver la totalidad de los “puntos pendientes” en la frontera chileno-argentina.

La posición argentina sustentada en los nuevos descubrimientos de cumbres interiores en Aysén, consigue incorporar 24 puntos “pendientes de límites” (Declaración Presidencial de Límites), de los cuales 22 puntos se resolverían directamente entre las partes. Sin embargo, quedarían pendientes los referidos a Laguna del Desierto y Campo de Hielo Sur.

A través de un acuerdo –inconstitucional– se resuelve recurrir a un arbitraje internacional por la posesión de Laguna del Desierto, teniendo como resultado un fallo adverso para Chile, a pesar de lo que ya había sido definido en tres oportunidades anteriores: en el Tratado de 1856, en el Tratado de 1881 y en el Laudo de 1902, ello sin contar los antecedentes aportados en las Actas de 1898, a favor de la posición chilena, resucitando de una plumada el obsoleto criterio de divortium aquarum.

      Al ser publicado el fallo del Tribunal en 1994, Chile acataría en forma inmediata, mientras el ex-Presidente Aylwin al conocer el resultado del fallo pasaría a la historia por su infame teoría de los “pedacitos más o menos de territorio”.

      Años más tarde también se conocería la versión del propio ex-embajador de Argentina en Chile de la época, quien declararía en Los Hielos Continentales: Entrega de Territorio Nacional a Cambio de un Gran Negocio" (Buenos Aires, 1997, pág. 11) que “con una argucia por demás comentada en su momento y el apoyo del entonces Presidente Aylwin conseguí poner de acuerdo a ambos Gobiernos y se les fijó a las Comisiones de Límites un plazo perentorio de sesenta días para elevar un informe definitivo con los puntos pendientes...".

         Campo de Hielo Sur, 1998 (Octava Entrega: 1.440 kms2)

Teniendo aún el recuerdo imborrable de la entrega de Laguna del Desierto, nuestro país nuevamente sería forzado a negociar su soberanía, a consecuencia del nefasto Acuerdo de 1991, el cual revitalizaba artificialmente el obsoleto principio de la “divisoria de las aguas” (propiciado astutamente por Argentina), por sobre el principio de “las más altas cumbres” establecido en las Actas de 1898 y el Laudo de 1902.

Chile accedería a la propuesta de la Cámara de Diputados de Argentina, de incluir una traza “poligonal” que aseguraba repartir "equitativamente" el territorio chileno de Campo de Hielo Sur, y de paso favorecer las pretensiones trasandinas al Oeste de los lagos Viedma y Argentino.

Este “punto pendiente” que tenía por objeto delimitar la frontera entre el Monte Fitz Roy y el Cerro Daudet (200 kilómetros aprox.), sería rechazado por el Congreso argentino y permitiría generar una nueva instancia para “precisar la frontera” en el año 1998, con la consecuente aprobación parlamentaria de ambos países.

Las partes establecieron dos secciones: La Sección A, desde el Cerro Murallón hasta el Cerro Daudet, y la Sección B, desde la cumbre del Monte Fitz Roy hasta el Cerro Murallón.

Solamente la Sección A quedaría resuelta, y lamentablemente Chile aceptaría como base un mapa argentino en donde el Monte Stokes aparece superpuesto fraudulentamente una colina menor, que se sitúa unos 50 kilómetros al Suroeste (Monte Ohnet), permitiendo a Argentina acaparar para sí un enorme cuadrante de territorio de 33.000 hectáreas de la parte Norte del Parque Nacional Torres del Paine y junto al lago Dickson, que proviene de una cuenca del Pacífico y, por lo tanto, históricamente chileno.

Es importante recalcar que la invención de trazas geométricas, conocida como Línea Poligonal surgiría de un artilugio para evitar un arbitraje por parte de Argentina, ya que su aspiración máxima correspondiente a la “divisoria de las aguas” habría sido rechazada, porque no sería aceptable trazar la frontera sobre hielos. Esto porque los mismos varían año a año.

En relación a la Sección B, planteada en el Acuerdo de 1998, se acordaría entre los Congresos de ambos países que las labores de delimitación serían directamente elaboradas por la Comisión Mixta de Límites.

Sin embargo, cabe señalar respecto de esta decisión que lo acordado es inconstitucional, pues el Protocolo de 1941 indica textualmente que la Comisión Mixta de Límites sólo podría asumir labores de demarcación y no de delimitación.

A la fecha (septiembre, 2006), esta Comisión no ha entrado en funcionamiento por razones que se desconocen y, paralelamente, se ha permitido que gran cantidad de mapas argentinos, aprobados por el Instituto Geográfico Militar Argentino, se publiquen sin el recuadro que indica que la zona se encuentra en litigio, cumpliendo su compromiso solamente Chile.

En conclusión el Acuerdo de 1998 (Frei-Menem), que impuso a Chile una delirante “línea poligonal”, ha permitido cambiar el límite definitivo de 1902, por una línea irregular y completamente antojadiza, la cual podría dejar a Argentina a sólo 5 kilómetros de las costas del Océano Pacífico, violando a su vez el fundamental Protocolo de 1893 que impedía a Argentina "pretender punto alguno hacia el Pacifico".

Implicancias de esta Pretensión Territorial

Sin Soberanía, No Hay Nación

Campo de Hielo Sur, ¡CHILENO!


Centro Informativo de ALERTA AUSTRAL - Santiago de Chile - http://www.alertaaustral.cl - 2006